
Uno de los requisitos del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es que se incluya la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) el receptor del documento; sin embargo, existen casos en que estos son expedidos a personas que no proporcionan sus datos fiscales por no requerir factura, o a extranjeros, quienes no cuentan con un RFC.
La Resolución Miscelánea Fiscal 2016 prevé el uso de las claves genéricas. Al respecto, la Regla 2016 2.7.1.26. señala que cuando no se cuente con la clave en el RFC, se consignará la clave genérica en el RFC: XAXX-010101-000 y cuando se trate de operaciones efectuadas con residentes en el extranjero, que no se encuentren inscritos en el RFC, se señalará la clave genérica en el RFC: XEXX-010101-000.
Existen también otras claves genéricas de RFC que tienen un uso específico para la consignación de datos en la declaración anual de personas físicas. Al respecto, la Regla Miscelánea 2016 3.17.9. establece que las personas físicas que hayan efectuado erogaciones en el extranjero que sean consideradas como deducciones personales, podrán consignar en el llenado de la declaración anual, la clave en el RFC genérico: EXT-990101-NI4, tratándose de documentación comprobatoria expedida por personas físicas residentes en el extranjero, o bien, la clave en el RFC genérico: EXT-990101-NI9 cuando se trate de documentación comprobatoria expedida por personas morales residentes en el extranjero, según corresponda.
Fuente: http://www.fiscalia.com/